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Martillo de juez y dinero representando multas

Multas en Condominios según Ley 21.442

2 marzo 2026 6 min lectura Legal, Multas

La Ley N° 21.442 (Ley de Copropiedad Inmobiliaria) establece un régimen sancionatorio claro para garantizar la correcta administración de los condominios. Un aspecto crucial son las multas que pueden aplicarse tanto a los miembros del Comité de Administración como a los copropietarios. Aquí explicamos en detalle las sanciones que puede enfrentar el presidente del comité por incumplir sus deberes documentales.

Atención: Las infracciones del presidente del Comité de Administración son sancionadas con multas de 1 a 3 UTM, las cuales se duplican en caso de reincidencia o si no se subsana la falta.

Conductas que generan multas al presidente del comité

  • Manejo y custodia del Libro de Actas: No levantar las actas de las sesiones o no mantener bajo su estricta custodia el Libro de Actas (físico o digital) junto con todos los antecedentes que respalden los acuerdos.
  • Firma de las Actas: No asegurar que las actas sean firmadas (presencial o electrónicamente) dentro de los 30 días siguientes a la adopción del acuerdo.
  • Custodia del Archivo del Condominio: No resguardar las copias autorizadas de escrituras públicas, inscripciones legales y el archivo general de documentos (planos, permisos, certificados).
  • Libro de Novedades: No mantener a disposición de la comunidad el Libro de Novedades, obligatorio para que los residentes registren reclamos o solicitudes fundadas.
  • Traspaso de documentación: No hacer entrega de todos los libros y documentos a quien le suceda en el cargo, una vez concluido su mandato.

Rol del Comité de Administración en la imposición de multas a copropietarios

Es importante distinguir que, así como el presidente del comité puede ser multado por negligencias administrativas, el Comité de Administración en su conjunto tiene la facultad legal para imponer multas a aquellos copropietarios, arrendatarios u ocupantes que infrinjan las obligaciones de la ley o el Reglamento de Copropiedad. Estas multas deben ser aprobadas en asamblea y notificadas conforme al procedimiento establecido.

Para conocer más sobre el procedimiento de aplicación de multas a copropietarios, montos máximos y cómo impugnarlas, te invitamos a revisar nuestra Guía de Gestión Financiera y Cobranza.

1-3

UTM de multa

2x

si reincide

30

días para firmar actas

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