¿Qué pasa si su condominio no actualiza el reglamento de copropiedad antes del 9 de enero de 2026?

La nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria (Ley Nº 21.442) impone un plazo fatal: todas las comunidades deben actualizar su reglamento antes del 9 de enero de 2026.

Infografía Plazo Fatal 2026

Este plazo marca exactamente un año desde la publicación del Reglamento oficial de la ley en el Diario Oficial (9 de enero de 2025). A partir de esa fecha, la autoridad podrá exigir el cumplimiento total de la norma. A continuación, explicamos las graves consecuencias de no hacerlo a tiempo.

1. El Reglamento Tipo regirá por defecto

Si su comunidad no actualiza el reglamento antes de la fecha límite, automáticamente comenzará a regir el Reglamento Tipo del MINVU.

¿Qué significa esto? Las normas internas de su edificio pasarán a ser las del modelo estándar definido por la autoridad. Perderán todas las reglas personalizadas sobre uso de quinchos, piscinas, tenencia de mascotas o horarios específicos que hayan acordado previamente. Su condominio quedará sujeto a un reglamento "impuesto" y genérico.

2. Normas antiguas sin validez jurídica

No actualizar equivale a operar con un documento obsoleto. Toda cláusula de su reglamento actual (antiguo) que contradiga la nueva Ley 21.442 queda automáticamente inválida.

Esto genera un vacío de poder peligroso: si su antiguo reglamento contempla multas o procedimientos que la nueva ley no permite, esos artículos no podrán hacerse valer. Los copropietarios morosos o conflictivos podrían impugnar decisiones de la administración alegando que se basan en un reglamento sin validez legal.

3. Multas de hasta 100 UTM

La ley no es solo sugerencia; incluye mecanismos de sanción. Las comunidades que lleguen al 2026 en situación irregular se arriesgan a multas severas.

  • Multa: Hasta 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivale a más de $6.000.000 de pesos chilenos.
  • Responsabilidad: Estas multas afectan directamente las finanzas de la comunidad y pueden derivar en responsabilidades para el Comité de Administración por falta de gestión.

4. "Candado" burocrático y bancario

La falta de un reglamento vigente entraba trámites esenciales ante notarios y el Conservador de Bienes Raíces (CBR).

Expertos advierten que las comunidades rezagadas verán frenada la inscripción de actas o modificaciones. Incluso, los bancos pueden congelar cuentas corrientes o negar financiamientos para proyectos de mejoramiento si la comunidad no acredita estar al día con la normativa vigente.

Conclusión: Actualice antes de que sea tarde

La actualización no es opcional, es una obligación legal ineludible. Preparar, acordar y formalizar un nuevo reglamento toma meses de trabajo técnico y asambleas.

No espere al último minuto. Por la seguridad jurídica de su patrimonio y la convivencia de su comunidad, inicie el proceso ahora.

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